Primera A de Colombia

¿La razón la tiene Jaguares o Dimayor? Vea lo que dice el reglamento

Hay polémica en torno al cambio. Foto de fondo tomada de Cofide, de Bodmer de AS y de Hubert de El Deportivo.

Por Marco Gómez

Hay polémica en torno al cambio. Foto de fondo tomada de Cofide, de Bodmer de AS y de Hubert de El Deportivo.
Hay polémica en torno al cambio. Foto de fondo tomada de Cofide, de Bodmer de AS y de Hubert de El Deportivo.
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Jaguares de Córdoba, tras su reciente victoria en la Liga BetPlay ante Once Caldas, ha expresado su malestar ante la decisión de la Dimayor de aplazar su partido contra Atlético Nacional. El presidente del club, Nelson Soto, envió una carta al presidente de la Dimayor, Fernando Jaramillo, manifestando su descontento y argumentando que el aplazamiento va en contra de lo acordado en la última asamblea.

En la carta, el directivo expresó su indignación por el cambio de programación a solo cuatro días de la fecha prevista para el encuentro entre el ‘Verde’ y el conjunto monteriano. Además, señaló que el aplazamiento contradice lo establecido en la última asamblea de la Dimayor, donde se acordó no aplazar partidos excepto si ambas partes están de acuerdo.

El motivo del aplazamiento se debe a la participación del elenco ‘verdolaga’ en la Copa Libertadores, donde jugará contra el Club Nacional de Paraguay. Sin embargo, el club ‘felino’ se ha mostrado firme en su decisión de no aplazar el partido y ha exigido que se respete la programación aprobada previamente.

Soto también criticó la gestión de Jaramillo, acusándolo de no cumplir los estatutos y de favorecer a ciertos equipos en detrimento de otros mediante su carta que refleja el malestar y la frustración de ante lo que consideran un trato injusto por parte de la Dimayor.

La Dimayor puede hacer los cambios

Con respecto a este caso, muchos se preguntan quién tiene la razón y para determinar eso hay que irse a lo que dice el Reglamento oficial de la Liga BetPlay y el periodista Juan David Londoño compartió en su cuenta de X el apartado específico en el que queda claro que la Dimayor tiene potestad para casos excepcionales relacionados con compromisos internacional.


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